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Responsabilidad
social: para avanzar o retroceder?
Guillermo
Vidalón del Pino (*)
25
de julio de 2007
La
Responsabilidad Social (RS) tiene varias aristas, partiendo del punto de
vista de quienes pretenden que
las únicas instituciones socialmente responsables en el país deben ser
las empresas, hasta quienes manifestamos que no puede haber una política
de RS coherente si sólo se busca el compromiso del empresariado.
La RS tendrá un espacio y viabilidad futura sólo si participan
todos los estamentos de la vida en sociedad.
En
un país como el nuestro, en el que la generación de capital aún no es
suficiente como para satisfacer las exigencias normativas de la
formalidad, pretender que el conjunto del empresariado “vaya
más allá de la exigibilidad de la ley”, es francamente desfasado.
Los juristas suelen decir: “si
la ley le da las espaldas a la realidad, pronto la realidad le dará las
espaldas a la ley” y eso es precisamente lo que ocurre en el Perú.
El costo de la formalidad es tan alto que se estima que cerca del
70% de la Población Económicamente Activa genera sus ingresos a través
de una empresa informal); por lo que, antes de seguir cargándole mayores
costos al sector privado formal, la RS debería promover el debate de cómo
hacemos para bajar la valla de la formalidad e incorporar a ese gran número
de personas y empresas que actualmente se encuentran excluidas.
Sin que ello implique la inhibición de la libre iniciativa de los
emprendedores que han emergido a pesar del marasmo jurídico y burocrático.
Algunos
dicen que, dado que el Estado no puede asumir todos los aspectos que demanda la RS
y, siendo la empresa privada la administradora de recursos sociales, es la
empresa la encargada de asumir un rol más protagónico en la vida social
a través de la RSEmpresarial.
Al
respecto, a continuación expreso el por qué de nuestra discrepancia con
dicha formulación. Primero,
habría que evaluar si el Estado carece de los recursos económicos
suficientes para atender las carencias sociales existentes o lo que habría
que estudiar es cómo hacer un uso más adecuado de los recursos que le
proporciona el sector privado (empresas,
trabajadores, población en general) al Estado por medio del pago
de impuestos. La respuesta resulta hoy más que obvia, el Estado cuenta
con recursos suficientes proporcionados por el sector privado formal pero,
a su vez, existe una escasa
capacidad gerencial para administrar apropiadamente dichos fondos y
dirigirlos hacia la promoción de las actividades productivas generadas en
el interior del país y, al mismo tiempo, para reducir significativamente
las condiciones de pobreza existentes.
La razón principal por la cual el Estado no cumple las funciones
que se propone es que pretende hacerlo todo, en vez de permitir un mayor
ejercicio de la libre iniciativa privada, de ser así, en caso de yerro,
culpa o dolo, habría un responsable definido a quien el consumidor podría
sancionar, en vez de la difusa responsabilidad del Estado.
Segundo,
la empresa privada no administra recursos sociales, administra fondos
proporcionados por privados que asumen un riesgo en el proceso de producción
u ofrecimiento de un servicio que puede o no ser valorado como positivo
por el conjunto social.
Tercero,
el verdadero rol protagónico de la RS de la empresa es el de producir
bienes y ofertar servicios de calidad; demás está decir que cumpliendo
con la ley y asumiendo el costo de sus externalidades.
Adicionalmente, toda empresa tiene el compromiso y la pretensión
de subsistir a lo largo del tiempo, por ello, sus plazos son ilimitados en
la mayoría de los casos. Si
una empresa desea mantenerse vigente y afrontar exitosamente el reto de la
competitividad local o global, resulta lógico que, dentro de su propia
estrategia de sostenibilidad, se haya propuesto desarrollar o incorporar
tecnología moderna que, además de reducir costos de producción, sea
ambientalmente amigable. Sobre
todo, si se tiene en cuenta que la opinión pública (consumidores de
ciertos mercados, principalmente), muestra preocupación por las
implicancias ambientales y sociales involucradas en las fases del proceso
productivo, así como de la disposición de emisiones y residuos sólidos.
Cuarto,
a diferencia de lo que se creía en el pasado, no es la empresa la que
determina el costo de un bien o servicio sino el consumidor, quien
finalmente decide a quién compra qué y con cuánto lo remunera.
Esta pulsión ejercida entre todos los agentes sociales, expresada
en la aplicación de la ley de la oferta y la demanda, es la que estimula
el ingenio del emprendedor, la creación del inventor, la mejora tecnológica,
las sinergias administrativas y, en este conjunto, hallar una oportunidad
de negocio para alterar creativa y nuevamente el complejo tablero de
ajedrez de la dinámica social.
Quinto,
si la RS abandona su carácter voluntario o “autoimpuesto”, como señalan
algunos, para convertirse en una norma más de aquéllas a las que la
realidad les suele dar la espalda, pues su vigencia será de corto plazo.
Lamentablemente, hay quienes pretenden que la RS sea prerrequisito
para autorizar el intercambio de bienes y servicios entre estados; en el
fondo, lo que nos están diciendo es: produce como yo te digo o no te
compro. No permitirán que lo
hagamos como ellos lo hicieron para desarrollarse, sin cortapisas, por
eso, ahora nos dicen: “Do not do
as we did, do as we say”.
Sexto,
a menos que la RS continúe redefiniéndose, transformándose en su
esencia, aun cuando mantenga la misma denominación,
podrá mantener su vigencia. Mientras la RS sea promovida como una
estrategia de interpelación a las empresas, como una manera de ejercer
presión sobre las mismas para obtener algún beneficio, económico o político,
lo que realmente se está haciendo es emplear un concepto con una
finalidad subalterna.
Séptimo,
hay quienes señalan que la RS es una ética de la producción que puede
servir para encaminar la sociedad peruana hacia la integración.
¡Cuidado!, pretender que la conducta ética de las personas
naturales puede proyectarse a las conductas corporativas es ciertamente
riesgoso.
El
hacer analogías entre legítimas conductas individuales y las conductas
que se deben observar al interior de las corporaciones puede resultar, por
decir lo menos, arriesgado.
En nombre de aún debatibles propuestas de RSE, ¿Algún
funcionario podría éticamente disponer del usufructo de los bienes
encomendados en administración por los propietarios? Son los propietarios
quienes pueden otorgar libre disposición de sus bienes a favor de
terceros, pero hacerlo directamente aludiendo a la RSE es pasar por alto
la importancia de la propiedad privada como un derecho universal.
Las
empresas, expresión jurídica de la libre iniciativa privada de las
personas naturales, cumplen un rol social, proveer bienes y servicios que
pueden ser valorados o no como de calidad y utilidad por la sociedad y, es
el legítimo afán de lucro el que incentiva a más personas a participar
del arte de crear y proveer. Existen
fundaciones que cumplen fines estrictamente sociales pero, aunque hubieren
sido promovidas por empresas privadas o directamente por sus propietarios,
una empresa nunca será una fundación ni viceversa, a menos que pretendan
desvirtuar su esencia.
La
conducta ética de las personas es intrínseca a las mismas y su valoración
depende de ellas mismas. Por
eso es que un principio jurídico universal indica que “Nadie está
privado de hacer todo aquello que la ley no prohíbe”. Las
corporaciones son instituciones que desarrollan sus propios códigos de ética
en función del poder económico que se ejerce al interior de las mismas.
Imaginemos las arbitrariedades que podrían cometerse si quien
ejerce el poder al interior de una corporación considera que no es ético
el divorcio por sus legítimas convicciones religiosas.
La sanción “ética” de la corporación hacia el trabajador que
se está divorciando podría ser el despido, la marginación para ser
promovido. Otra corporación
con igual libre percepción de la ética podría calificar de magra la RS
de la institución que no decide sancionar al “infractor” o, peor aún,
calificarla de promover conductas poco éticas.
¿Así podemos encaminar la pluralidad de nuestra sociedad hacia la
integración? O es que en el reconocimiento de conductas plurales entre
pares (dado que todos somos ciudadanos, naturales o corporativos) vamos a
ir construyendo una auténtica integración en la diversidad.
(*)
Comunicador social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con
estudios de letras y derecho en la Pontificia Universidad Catolica del
Perú.
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